La Región Leonesa nace en 1833 con el real decreto de Javier de Burgos, ministro de Fernando VII por el cual se divide España en provincias y estas se clasifican en regiones, éste es el artículo 2 del real decreto:
Artículo 2. La Andalucía, que comprende los reinos de Córdoba, Granada, Jaén y Sevilla, se divide en las ocho provincias siguientes: Córdoba, Jaén, Granada, Almería, Málaga, Sevilla, Cádiz y Huelva. El de Aragón se divide en tres provincias, a saber: Zaragoza, Huesca y Teruel. El principado de Asturias forma la provincia de Oviedo. Castilla la Nueva continúa dividida en las cinco provincias de Madrid, Toledo, Ciudad Real, Cuenca y Guadalajara. Castilla la Vieja se divide en ocho provincias, a saber: Burgos, Valladolid, Palencia, Ávila, Segovia, Soria, Logroño y Santander. Cataluña se divide en cuatro provincias: Barcelona, Tarragona, Lérida y Gerona. Extremadura se divide en las de Badajoz y Cáceres. Galicia en las de Coruña, Lugo, Orense y Pontevedra. El reino de León en las de León, Salamanca y Zamora. El de Murcia en las de Murcia y Albacete. El de Valencia en las de Valencia, Alicante y Castellón de la Plana. Pamplona, Vitoria, Bilbao y San Sebastián son las capitales de las provincias de Navarra, Álava, Vizcaya y Guipúzcoa. Palma la de las Islas Baleares. Santa Cruz de Tenerife la de las Islas Canarias.
Esta división viene de la que se venía dando dentro de la España borbónica y anteriormente de las Coronas de Castilla y Aragón. Estas coronas estaban divididas en reinos que conservaban desde la edad media, sus características. En el caso de León en 1230 desaparece solamente la figura del rey de León, pero toda la estructura que hay detrás de leyes, convocatoria de cortes, hacienda, organización territorial etc., siguió intacto hasta la llegada de Carlos I, en la que el modelo cambia hacia un centralismo. España sigue dividida en Reinos (apare de las posesiones coloniales) siendo uno de ellos en de León y continúa llamándose así tras la división de provincias. Tras la inclusión de las provincias de Valladolid y Palencia en la Región, en 1931, con la II república se restaura el modelo del ministro De Burgos, y esto lo podemos ver en la ley que marca la formación del Tribunal de derechos constitucionales, que tenía un representante por cada región, teniendo Zamora, Salamanca y León un representante como Región Leonesa. Durante el franquismo esta división regional prácticamente desapareció. Pero a partir de 1975 se recupera este modelo regional, dándose automáticamente por válido tanto la división de 1833 como de la II República. De hecho el artículo 2 de la constitución de 1978 “La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas” cuando hace referencia a las regiones, evidentemente se está refiriendo a las de la II República. La incursión de la Región Leonesa (contra la voluntad del pueblo leonés y sin referéndum) en la comunidad autónoma formada junto a algunas provincias de Castilla, no es el fin de la región, pues el “Y” que aparece en el nombre oficial de la autonomía deja claro que son dos regiones (a nadie se le ocurre pensar al decir “Madrid y Barcelona” que nos estamos refiriendo a la misma ciudad). Por otra parte la Región Leonesa es aún conocida por muchos como Reino de León; conviene aclarar que este título es completamente legítimo pues el rey de España Juan Carlos I tiene el título de rey de León (curiosamente aparte tiene el de rey de Castilla, pero no tiene el título de rey de Castilla y León).
Por todo ello es absolutamente legítimo y actual hablar del Reino de León o Región leonesa referido a las provincias de Salamanca, Zamora y León, y su derecho a la autonomía está reflejado en la Constitución española. No hay discusión posible.